
Ingreso urgente en residencia ancianos
Indice
Cuando hacer un ingreso urgente en residencia de ancianos
Para que una persona mayor ingrese en una residencia de ancianos tiene que dar su consentimiento. Es decir, no se puede llevar a un anciano a una residencia sin su consentimiento. No obstante, existe el ingreso urgente en residencia de ancianos.
La figura del ingreso urgente en residencia de ancianos resulta difícil de conseguir. Por lo que es posible que, una vez pasado el plazo para ratificar el ingreso, el anciano deba abandonar la residencia de mayores en la que ingresó de urgencia.
Este tipo de ingresos se dan en personas muy dependientes que han perdido la capacidad de dar un consentimiento explícito durante el ingreso. Por ejemplo, pacientes de Alzheimer en fases avanzadas.
Claves del ingreso urgente en residencia de ancianos
Después de varias sentencias del Tribunal Constitucional de 2016 que establecían los límites del ingreso no voluntario en residencia ancianos por el método de urgencia. Además, la Ley 6/1999, de 7 de julio, de atención a las personas mayores de Andalucía (art. 45) protege a los mayores ante un ingreso no voluntario. Para un ingreso urgente en residencia de ancianos deben darse estas condiciones:
- Carácter de urgencia. Por el que se hace el ingreso sin tener una autorización judicial previa. Que debe ser ratificada, según el artículo 763 LEC.
- Ratificación judicial posterior al ingreso. Se tiene un plazo de 24 horas tras el ingreso para comunicar el ingreso urgente en una residencia de mayores Granada.
Si no hay una urgencia real o el ingreso no se ha notificado al juez para que se inicie la ratificación en el plazo de 24 horas, el ingreso queda suspendido. Es decir, se deben cumplir los dos factores para que un juez de su visto bueno al ingreso.
Urgencia en el ingreso en residencias de ancianos
El deterioro cognitivo de las personas con un tipo de demencia es progresivo. Por lo tanto es difícil discernir cuando una medida es de urgencia. Ya que pueden pasar años entre que se diagnostica la enfermedad. Y se requiere el ingreso de urgencia en una residencia de ancianos.
De este modo, se da por supuesto que se han debido iniciar los trámites para que el anciano quede tutelado. Por eso son tan importantes las voluntades anticipadas y el proceso de incapacitación legal de mayores. Que sirven para que la persona mayor que sufre demencia pueda designar a una persona para que tome sus decisiones cuando la demencia haya avanzado lo suficiente.
Comunicación en un plazo de 24 horas tras el ingreso
Este es el otro requisito para que el ingreso no voluntario en residencia de ancianos por urgencia sea válido. El juez que lleva el caso debe decidir en un plazo de 72 horas, desde que llega a conocimiento del tribunal.
Como en este periodo tan corto se deben realizar las mismas pruebas que en el caso de la incapacitación de una persona mayor. Es decir, un médico forense y el juez instructor deben realizar una exploración para comprobar el estado del anciano. También se deben consultar los informes médicos anteriores. Y toda la documentación sobre el ingreso, estado económico de las personas dependiente, etc.
¿Se puede tener a una persona mayor en una residencia contra su voluntad?
Solo una resolución judicial que ratifique la incapacitación judicial de una persona. Y en la que se nombre a un tutor que tome las decisiones de la persona. Garantizando que dichas decisiones son lo mejor para el anciano.
Para eso, las voluntades anticipadas son el primer paso. Además de contar con los informes médicos que acrediten la pérdida de capacidad para tomar decisiones y su estado de salud.
En Residencia Santa Bárbara Granada recomendamos que todos estos trámites se lleven a cabo al comienzo de la enfermedad. Ya que la resolución puede tardar entre 8 meses y 2 años en producirse. Y en ese tiempo una enfermedad como el Alzheimer puede hacer necesario que la persona sea ingresada en una residencia de ancianos Granada.
Pasos para ingresar en una residencia de ancianos
Existen unos requisitos para entrar en una residencia de ancianos privada. Independientemente de si es un ingreso normal o por vía de urgencia.
Ingresar a un mayor en una residencia no es algo parecido a llevarlo a casa de un familiar. Ni muchísimo menos. Para empezar, hay un límite de edad. Es decir, que una persona con menos de 65 años no podrá ingresar en una residencia de ancianos. Aunque esta edad puede bajar hasta los 60 años en el caso de algunas residencias. Y si se sufre una dependencia moderada o severa.
Por otro lado se hace necesario que los familiares lleven:
- Documentación: hay que llevar el DNI del anciano. También una fotocopia compulsada del empadronamiento y de la cartilla sanitaria. Además, es conveniente llevar un historial médico para que la residencia conozca las patologías del anciano.
- Ropa: deberá llevar la ropa etiquetada con el nombre del residente. Para evitar confusiones en la lavandería.
- Contacto: los datos de contacto de los familiares. Para que reciban los avisos.
- Ayudas: en caso de recibir alguna ayuda, deberá acreditar el tipo de ayuda que recibe.
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